jueves, 29 de marzo de 2007

NOM-001-STPS-2000


O B J E T I V O de la NOM-001-STPS-2000.

Evitar riesgos en el área de trabajo así como nos marca los espacios de trabajo para un buen desempeño de nuestras actividades y regula las áreas de seguridad en edificios

A L C A N C E

Este Procedimiento es aplicable para el personal en general

G E N E R A L I D A D E S

Nos va a indicar y capacitar al buen funcionamiento de nuestro centro de trabajo ya que la NOM-001-STPS-1999, esta diseñada para evitar riesgos en el área de trabajo así como nos marca los espacios de trabajo para un buen desempeño de nuestras actividades y regula las áreas de seguridad en edificios, con lineamientos, parámetros y materiales ya autorizados y especiales en escaleras rampas, pasillos, techos y colores, regula las entradas y salidas de vehículos, lo mismo en la entrada y salida del trabajador y salidas de emergencia, cabe señalar que las áreas de paso, estacionamiento y esparcimiento no están contempladas como superficies construidas. Si estas áreas se utilizan temporalmente para realizar otras actividades (como almacenamiento temporal), se debe acordonando el área, contar con equipo contra incendios adecuado al tipo de fuego, Nos compromete a cuidar y conservar nuestra área de trabajo, y darle la funcionalidad a las áreas de trabajo para lo que fueron destinadas. Darle mantenimiento preventivo y correctivo.

Con lineamientos, parámetros y materiales ya autorizados y especiales en escaleras rampas, pasillos, techos y colores, regula las entradas y salidas de vehículos, lo mismo en la entrada y salida del trabajador y salidas de emergencia,

NOM-002-STPS-1998


O B J E T I V O de la NOM-002-STPS-1998

Establecer las condiciones mínimas de seguridad que deben existir, para la protección de los trabajadores y la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.

A L C A N C E

Este Procedimiento es aplicable a toda persona que realice trabajos con fuego en: oficinas, archivos, almacén de papelería, cuarto de almacenamiento de combustibles, de pinturas y lubricantes, calderas, quemadores, bodegas de bolsa, almacén de refacciones, máquinas de combustión interna, áreas descubiertas cerca de hierba seca y lugares con proximidad de 3 mts. de casetas y tuberías de gas natural; (pintadas de color amarillo ocre), áreas con proximidad de 3 mts. de subestaciones y transformadores eléctricos.


G E N E R A L I D A D E S

Bien estas normas nos ayudan a lo que es la instalaciones eléctricas, lo mismo en el área de higiene y seguridad del cetro de trabajo, así mismo con el equipo de protección personal para las brigadas en caso de contingencia, los colores y pictogramas de seguridad e higiene, extintores a base de polvo químico seco con presión, extintores a base de bióxido de carbono, a base de agua con presión, y con base de fosfato nomo amoniaco, por mencionar algunos ya que se tiene que hacer un sondeo y/o una inspección para analizar el tipo de inmueble y analizar las áreas de riesgo y así instalar los extintores adecuados por zona de riesgo dependiendo el nivel de combustión.
Contiene definiciones de lo que es un extintor, que son los agentes extinguidores para los diferentes tipos de fuego que se califican en A,B,C,D, dependiendo del nivel, los alcances del mismo y su salida, más la seguridad de los extintores, capacidad y referencias. Los tipos de fuego, combustibles, combustión, límites inferir y superior de inflamabilidad y tipos de materiales.
Obligaciones del patrón y de los trabajadores, señalando las medidas y riesgos, como la capacitación y participación en caso de ser necesario de los trabajadores sin ser obligatorio.
Hace hincapié de un programa específico de seguridad para la prevención, protección y combate de incendios, de acuerdo con lo antes mencionado; elaborando una relación de medidas de prevención, protección y combate de incendios. Con los requisitos que marca la Norma, como implementado los anuncios o los pictogramas necesarios, así como restringir las áreas de riesgo y prohibición de cerillos y cigarros. Sin olvidar la capacitación de los trabajadores por personas profesioncitas en el área, para tener una brigada contra incendios, los requisitos de seguridad que indican las salidas normales y de emergencia especificando los lineamientos de seguridad conforme a la Norma.

La NOM-002-STPS-2000, nos proporciona una guía de referencia sin ser obligatoria:
  • Detectores de incendios
  • Sistemas fijos contra incendios,
  • Brigada de emergencia,
  • Extintores contra incendios,
  • Agentes extinguidores.
    Los cuales contienen parámetros ya establecido y con grado de aceptación para la mejor compresión de la Norma. Así como diferentes tipos de brigadas


    MANEJO, CONTROL Y PREVENCION CONTRA INCENDIOS
  • Con base en ello elaborar un estudio para determinar el grado de riesgo de incendio o explosión.
  • Informar y capacitar a los trabajadores de la empresa sobre los dispositivos y medidas con que se cuente para combatir un incendio.
  • Integrar la brigada debidamente capacitada para combatirlos.
  • Contar con programas de prevención y efectuar periódicamente simulacros de evacuación.
  • Contar con el equipo de protección personal para las brigadas y hacer revisiones periódicamente al equipo para que este en buen estado.
  • Revisar periódicamente el equipo contra incendios como son:
    Detector de incendios.
    Extintor.
    Extintor portátil.
    Extintor móvil.


    FORMATOS PARA REPORTE Y CONTROL DE ACTIVIDADES DE RIESGO:

  • Se elaboran de acuerdo al riesgo y necesidades de la empresa.
  • Son diseñados y autorizados por el jefe del departamento de seguridad e higiene.

NOM-005-STPS-1998


O B J E T I V O de la NOM-005-STPS-1998

Realizar con seguridad las operaciones cuando se descargan y manejan combustibles o solventes, químicos o sustancias peligrosas, dando a conocer su peligro, para prevenir conatos de incendio, incendios declarados o personas accidentadas por quemaduras o intoxicaciones

A L C A N C E

Este Procedimiento es aplicable para el personal de compras, almacén, embarques, pintores, mecánicos, operadores de montacargas, operadores de traxcavo y a toda persona que descargue y maneje combustibles y solventes.

G E N E R A L I D A D E S


La mayoría de los combustibles son líquidos combustibles y deben ser manejados en recipientes cerrados; sus vapores son inflamables y cuando se mezclan con la cantidad conveniente de oxígeno, pueden ser explosivos; una simple chispa es la que se necesita para encender los vapores y causar un incendio.


MANEJO, TRANSPORTE Y ALAMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS INFLAMABLES O COMBUSTIBLES

Del Almacenamiento: En las áreas del centro de trabajo donde se manejen, transporten o almacenen estas sustancias, las paredes, pisos, techos, instalaciones y cimentaciones deben ser de materiales resistentes al fuego.
Las áreas destinadas para este fin deben estar aisladas de cualquier fuente de calor o ignición.


Del manejo: Se prohíbe el uso de herramientas, ropa, zapatos y objetos personales que puedan generar chispa, flama abierta o temperaturas que puedan provocar ignición.

El trasvase de sustancias inflamables o combustibles debe realizarse con la ventilación o aislamiento del proceso suficiente para evitar la presencia de atmósferas explosivas.

Los recipientes fijos donde se almacenen estas sustancias deben contar con dispositivos de relevo de presión y arrestador de flama.

Del transporte: Los sistemas de tuberías que conduzcan estas sustancias y que estén expuestos a que el tránsito normal de trabajadores o equipo los pueda dañar, deben contar con protección para evitar que sean dañados. Esta protección no debe impedir la revisión y el mantenimiento de dichos sistemas de tuberías; Cuando el transporte se realice en recipientes portátiles, estos deberán estar cerrados.
Es obligación del patrón el tener a la mano los manuales de seguridad y los de procedimiento par el manejo de sustancias químicas, actualizar los procedimientos ya que las sustancias químicas que están en constante movimiento, y elaborar un programa de mantenimiento correctivo y preventivo indicando cada cuando se elabora.
Los trabajadores expuestos deben saber a los riesgos a los que están expuestos, así como conocer y hacerse los exámenes médicos periódicos.
Cumplir con las medidas de seguridad establecidas por patrón y respetar los lineamientos así como conocer los manuales y participar en las brigadas de emergencia.
En base a los requisitos administrativos, se requiere analizar el tipo de sustancia química que se maneje, la ubicación de los mismos y el número de pernas que labora en la empresa.
Procedimientos:
PROGRAMAS ESPECIFICOS DE SEGURIDAD E HIGIENE.
SEÑALAR CONFORME A LAS NORMAS:
SEÑALES, AVISOS, COLORES, E IDENTIFICACION DE FLUIDOS CONDUCIDOS EN TUBERIAS.

Esta norma integra disposiciones de las normas: 008 condiciones de seguridad e higiene para la producción, almacenamiento y manejo de explosivos; 009 condiciones de seguridad e higiene para almacenamiento transporte y manejo de sustancias corrosivas, irritantes y tóxicas; 018 requerimientos y características de los servicios de regaderas, vestidores y casilleros (cancelada); 020 medicamentos materiales de curación y personal que presta los primeros auxilios.
Es de aplicación obligatoria para las empresas que manejen, transporten o almacenen sustancias químicas peligrosas

NOM-006-STPS-2000

  • O B J E T I V O de la NOM-006-STPS-2000:

    Establecer las condiciones que deben cumplirse para realizar maniobras e izado de cargas, en forma segura, empleando: cargadores frontales, montacargas, malacates manuales fijos, polipasto (malacate eléctrico), para evitar riesgos de trabajo.


    A L C A N C E

    Este Procedimiento debe ser aplicado por toda persona que realice maniobras y/o izado de cargas, empleando cualquiera de los equipos mencionados en el Objetivo.


    G E N E R A L I D A D E S

    La norma es obligatoria en todos los centros de trabajo donde se realice manejo de materiales. Establece obligaciones para que el patrón informe a los trabajadores de los riesgos a los que se enfrentan al realizar el manejo de materiales ya sea con el apoyo de maquinaria o equipo, o de forma manual, que capacite a los trabajadores con base en los procedimientos de seguridad escritos en idioma español, para la instalación, operación y mantenimiento de la maquinaria, misma que se debe someter a mantenimiento preventivo y que debe registrar de acuerdo a un programa que se establezca con apoyo de las recomendaciones del fabricante. Asimismo la norma requiere que el patrón cuente con un código de señales o sistema de comunicación y que capacite con base en su contenido a aquellos operadores y a sus ayudantes involucrados en el manejo de materiales con maquinaria, así como dotarlos con el equipo de protección personal.


    P R O C E D I M I E N T O

    Responsable de la maniobra de izaje: Jefe de Embarques, Jefe de Turno, Supervisor de Proyectos o de Mantenimiento, ya sea interno externo, a la empresa.

    Debe dar las instrucciones precisas y detalladas de las maniobras y supervisarlas.

    Trabajador:

    La persona que realizan la maniobra o izaje y que debe cumplir lo siguiente:

    Previo la Maniobra:
  • Estar capacitados en el uso de maquinaria y del equipo para izar que se va a utilizar.
  • Haberse provisto de los accesorios y equipo de seguridad necesarios para la maniobra como: estribos, ganchos, cable de acero, sujetadores U, etc.
  • Mantener las áreas de trabajo libres de obstáculos y los suelos limpios.
  • Las estibas no deben obstaculizar la iluminación y ventilación en las zonas en que éstas se requieran.
  • Acordonar el área con cinta plástica y/o letreros de PRECAUCION, si se requieren previos a la maniobra.
  • Cuando el esfuerzo manual sea excesivo para operar la cadena de maniobra, manivelas o palancas de tracción, se suspenda el levantamiento de inmediato y se revise el equipo, y que la carga no rebase la CMU; (carga máxima de utilización)
  • Avisar al Jefe de Área del trabajo que se realizará.
  • Cumpliendo lo anterior, puede realizar la maniobra.
  • Posterior a la Maniobra debe (n): Retirar el acordonamiento, alambrado y/o letreros de PRECAUCION.
  • En el caso del malacate fijo, enrollar el cable en el carrete y colocarle su cubierta. Así mismo si se utilizo maquinaria pesada colocarla en u lugar que no interrumpa el paso peatonal para evitar accidentes.
  • Dejar limpia el área y despejada.
  • Limpiar y entregar el equipo que se usó y si se averió algún equipo reportar inmediatamente.
  • Someter a mantenimiento preventivo a la maquinaria y sus accesorios empleados en el manejo de materiales. Programando el equipo para tener un control y evitar que falte equipo.



    Reportar a su Jefe Inmediato cualquier falla o desperfecto en el equipo.
  • El Jefe de Turno o Supervisor autorizante de la maniobra, supervisa el término del trabajo y corrobora el cumplimiento de los puntos posteriores a la maniobra, aun siendo externo a la empresa.
  • Inspecciones de Seguridad, Mantenimiento Preventivo y Pruebas a los Equipos de izaje; deben realizarse cada cuatro meses, colocándoles una Etiqueta autoadherible o con algún tipo de fleje, con los datos de inspección.

  • Las inspecciones de seguridad programadas; los mantenimientos preventivos y las pruebas de seguridad a los equipos de izaje, son responsabilidad de:

    a)Los Jefes de Talleres, para los equipos de izaje a su cargo.

    b)El Supervisor mecánico de campo, de los malacates fijos de las torres.

    c)El Jefe de Proyectos, para los equipos de izaje a su cargo.

    d)Inspecciones, mantenimiento y pruebas, deberán realizarse cada cuatro meses, colocándose una Etiqueta Autoadherible o algún tipo de fleje, con los datos de inspección.

NOM-010-STPS-1999

NOM-010-stps-1999 condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.

La norma fue revisada en 1999 con el propósito de actualizarla debido al incremento constante de sustancias químicas utilizadas en la industria.

Su aplicación es obligatoria para las empresas dedicadas a esa actividad.
El cumplimiento y la correcta aplicación de las disposiciones de esta norma, evita accidentes y enfermedades de trabajo


O B J E T I V O

Establecer medidas para prevenir daños a la salud de los trabajadores expuestos a las sustancias químicas contaminantes del medio ambiente laboral, y establecer los límites máximos permisibles de exposición en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas que por sus propiedades, niveles de concentración y tiempo de exposición, sean capaces de contaminar el medio ambiente laboral y alterar la salud de los trabajadores.

A L C A N C E

La norma es obligatoria en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral o alterar la salud de los trabajadores.

En su revisión se incorporaron los procedimientos para la determinación de sustancias químicas en el medio ambiente laboral contenidos en las normas oficiales mexicanas de la NOM-031-STPS-1993 a la NOM-099-STPS-1993, mismas que fueron canceladas, excepción de la NOM-080-STPS-1993.

G E N E R A L I D A D E S

Se requiere de un monitoreo personal a los trabajadores expuestos que incluya el reconocimiento, la evaluación y el control del agente químico, con la participación de laboratorios aprobados y acreditados. El resultado de la evaluación se compara con los Límites Máximos Permisibles establecidos en la norma y el patrón debe brindar vigilancia médica a la salud de sus trabajadores y adoptar medidas de control.

En esta norma se establecen obligaciones para que el patrón informe a los trabajadores y a la comisión de seguridad e higiene los riesgos por la exposición a ambientes contaminados con sustancias químicas.

LIMITES PERMISIBLES:

La norma se revisa permanentemente con el objeto de analizar los cambios en los Limites Máximos Permisibles para disminuir el ingreso de las sustancias al organismo de los trabajadores y con ello el riesgo de sufrir una enfermedad de trabajo


LÍMITE MÁXIMO PERMISIBLE DE EXPOSICIÓN (LMPE): es la concentración de un contaminante del medio ambiente laboral, que no debe superarse durante la exposición de los trabajadores en una jornada de trabajo en cualquiera de sus tres tipos. El límite máximo permisible de exposición se expresa en mg/m3 o ppm, bajo condiciones normales de temperatura y presión.

LÍMITE MÁXIMO PERMISIBLE DE EXPOSICIÓN DE CORTO TIEMPO (LMPECT): es la concentración máxima del contaminante del medio ambiente laboral, a la cual los trabajadores pueden estar expuestos de manera continua durante un periodo máximo de quince minutos, con intervalos de al menos una hora de no exposición entre cada periodo de exposición y un máximo de cuatro exposiciones en una jornada de trabajo y que no sobrepase el LMPEPPT.

LÍMITE MÁXIMO PERMISIBLE DE EXPOSICIÓN PICO (P): es la concentración de un contaminante del medio ambiente laboral, que no debe rebasarse en ningún momento durante la exposición del trabajador.

LÍMITE MÁXIMO PERMISIBLE DE EXPOSICIÓN PROMEDIO PONDERADO EN TIEMPO (LMPEPPT): es la concentración promedio ponderada en tiempo de un contaminante del medio ambiente laboral para una jornada de ocho horas diarias y una semana laboral de cuarenta horas, a la cual se pueden exponer la mayoría de los trabajadores sin sufrir daños a su salud.

ESTRATEGIA DE MUESTREO Y OBLIGACIONES DEL PATRÓN:

Es el conjunto de criterios a partir del reconocimiento, por medio de técnicas y dispositivos que sirven para definir el procedimiento de evaluación de la exposición de los trabajadores.
Realizar el estudio de los contaminantes del medio ambiente laboral que incluya el reconocimiento, la evaluación y el control necesario para prevenir alteraciones en la salud de los trabajadores expuestos a dichos contaminantes.
Elaborar y mantener actualizado el estudio de evaluación de la concentración de los contaminantes del medio ambiente laboral cotejados contra los LMPE
Capacitar a los trabajadores expuestos a los contaminantes del medio ambiente laboral, con base al riesgo potencial, a la salud y a las medidas preventivas y de control adoptadas por el patrón.

Realizar la vigilancia de la salud a todos los trabajadores, incluyendo a los de nuevo ingreso, según lo establecido en el apartado 9.1, y el inciso a) del apartado 9.2.
Por medio de exámenes médicos específicos por cada contaminante a cada trabajador expuesto.
· Si están por arriba de los límites permisibles, tendrán que utilizar el equipo de protección personal, checando que este en buenas condiciones conforme marca la NOM-017- STPS-1994.

GUÍA DE REFERENCIA:

· Los estudios epidemiológicos de incidencia y/o prevalencia (proporción de individuos de un grupo o una población ), de enfermedades neoplásicas, respiratorias o alérgicas.

· Tiempos de exposición en ambientes laborales y en ambientes interiores y las diferencias en la población expuesta en dichos ambientes en cuanto a edad y estado de salud. Es muy importante tomar en cuenta la edad y estado de salud de los empleados ya que nos da la pauta para saber el grado de intoxicación.

· Parámetros de los contaminantes utilizados en la empresa.

· Elaborar un reporte del reconocimiento del medio ambiente laboral.

· Elaborar un plano, de las zonas donde exista riesgo de exposición y el número de trabajadores potencialmente expuestos a los contaminantes.

NOM-011-STPS-2001



O B J E T I V O de la NOM-011-STPS-2001:

Establecer las medidas para mejorar las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido que, por sus características, niveles y tiempo de acción sean capaces de alterar la salud de los trabajadores, así como la correlación entre los niveles máximos permisibles de ruido y los tiempos máximos permisibles de exposición por jornada de trabajo.


A L C A N C E

La norma es obligatoria en los centros de trabajo en los que exista exposición del trabajador a ruido.
Técnicamente el ruido es un tipo de energía de los procesos o actividades, que se propaga en el ambiente en forma de ondulatoria compleja, desde el origen productor hasta el receptor, a una velocidad determinada y disminuyendo su intensidad con la distancia y entorno físico, pero cualquier sonido que sea desagradable, es ruido.


G E N E R A L I D A D E S

En un ambiente de trabajo donde se labora con diferentes equipos, herramientas y otros accesorios que son generadores de vibraciones que dependiendo de su acústica y frecuencia pueden ser un factor de estrés, de aquí la importancia de un estudio que demuestre que el diseño del lugar de trabajo es adecuado y seguro para el desempeño de las actividades a realizar. Por lo que en esta investigación se analizara el comportamiento del ritmo cardíaco expuesto en diferentes niveles de ruido y horarios distintos de una jornada laboral. Usando el diseño de experimentos para observar e identificar las causas de los cambios en la respuesta de salida del proceso.
Cabe señalar que la NOM-080-STPS-1993 se aplica en aquellos centros de trabajo donde se requiera determinar el nivel sonoro continuo equivalente, al que se exponen los trabajadores por motivo o en ejercicio de su trabajo

El ruido industrial es considerado un factor que perturba el trabajo, el sueño y la comunicación de los seres humanos, provocando daños en la audición y reacciones psicológicas, fisiológicas y patológicas.

Actualmente existe una mayor importancia por regular el ruido en los centros de trabajo, desafortunadamente existe desconocimiento y falta de instituciones que ayuden a los empresarios a regular esta situación.


MARCO TEORICO.
Dentro de ergonomía se define al ruido como el sonido no deseado y los tipos de ruidos pueden ser constantes o intermitentes, así como de diferente magnitud, dependiendo de esto pueden ser los riesgos de trabajo que incluyen estrés y monotonía laboral, cargas de trabajo, horas de trabajo, entre las mas importantes.
El ruido como el sonido se expresa en decibeles y se miden con instrumentos llamados sonómetros.

La exposición por largos periodos a ruido intenso, no solo provoca sordera, aumenta también los accidentes.
Cumplir con la norma evita el daño a los trabajadores expuestos.

Estudio del sonido:

El estudio del sonido es llamado acústica y cubre todos los campos de la producción, propagación y recepción del sonido y así mismo las técnicas para su evaluación y control.

Equipo para detectar las ondas sonoras:

El sonómetro es un instrumento diseñado para responder a un sonido en aproximadamente la misma forma en que lo hace el oído humano, un sonómetro consiste en cinco bloques que son: Micrófono el cual convierte las señales acústicas en eléctricas, un preamplificador el cual amplifica las señales muy pequeñas que genera el micrófono, un detector el cual convierte la señal de forma AC a DC, un circuito de tiempo para seleccionar la forma en que el instrumento responderá a las señales de ruido. Un indicador que muestra las lecturas de los niveles de ruido medidos.
El cual esta certificado según lo especificado en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-080-STPS-1993 y NOM-011-STPS-2001.

NOM-017-STPS-1994


O B J E T I V O de la NOM-017-stps-1994

Establecer el Equipo de Protección Personal (EPP) requerido para proteger a los trabajadores de los agentes del medio ambiente de trabajo que puedan dañar su salud, así como el uso y mantenimiento correcto.

A L C A N C E

Este Procedimiento es aplicable a toda persona que entre a las áreas productivas y/o que deban realizar maniobras, trabajos especiales y para atenuar riesgos.


G E N E R A L I D A D E S

Este procedimiento es de cumplimiento obligatorio para el patrón y los trabajadores, para el primero éste deberá de proporcionar el Equipo de Protección Personal (EPP), de acuerdo a los riesgos presentes en el área de trabajo y para los segundos, utilizar el Equipo de Protección Personal (EPP), proporcionado por la empresa, siguiendo los procedimientos establecidos, participar en la capacitación y adiestramiento, revisar las condiciones del Equipo de Protección Personal (EPP), al iniciar, durante y al finalizar el turno de trabajo. En caso de detectar daño o mal funcionamiento en el mismo, notificarlo a su supervisor para su reposición.

Equipo de protección personal (EPP): conjunto de elementos y dispositivos de uso personal, diseñados específicamente para proteger al trabajador contra accidentes y enfermedades que pudieran ser causados con motivo de sus actividades de trabajo. En caso de que en el análisis de riesgo se establezca la necesidad de utilizar ropa de trabajo con características específicas, ésta será considerada equipo de protección personal.

Equipo Obligatorio: Se considerará como equipo obligatorio a todo Equipo de Protección Personal (EPP) de uso inexcusable de acuerdo al Análisis de Riesgo practicado dentro de la planta o empresa.

Equipo Auxiliar: El Equipo de Protección Personal (EPP) Auxiliar es aquel que utiliza el trabajador cuando se expone de manera transitoria a una condición peligrosa o bien a una agente como ruido, polvos. Y de ser necesario en los eventos de conato.

P R O C E D I M I E N T O

PRINCIPIOS GENERALES

Es obligatorio el uso del uniforme para todo el personal sindicalizado, Supervisores, obreros, laboratoristas,

Se sujetará el uso obligatorio de casco y lentes de seguridad para cualquier persona que cruce o que permanezca o circule a través de las áreas de producción,

Excepciones en éstas áreas de uso de lentes de seguridad y casco:

Solamente en el interior de la oficina de Jefes de Turno, puede dejar de usar casco y lentes de seguridad.

Se exceptúa el uso de lentes de seguridad, únicamente a las personas que no siendo Supervisores de primera línea, usen permanentemente lentes graduados.

Es obligatorio el uso de lentes claros en todo el personal, excepto en aquellos que por prescripción médica demostrable, tengan que usar de otro tipo.

Toda persona que esté haciendo algún trabajo, debe usar el equipo de seguridad que tenga asignado como obligatorio según su puesto, aunque se encuentre en áreas donde no es necesario. (Se implanta esto por el puesto y el tipo de trabajo).

PROCEDIMIENTOS PARA EL EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL

Los procedimientos para el EPP, deben basarse en las recomendaciones, instructivos, procedimientos o manuales del fabricante, proveedor o distribuidor del equipo y contener, al menos, lo establecido en los Apartados 7.1 y 7.2.

7.1. Uso, limitaciones y reposición.
7.1.1 Uso y limitaciones:
a) el uso correcto del EPP, señalando sus limitaciones o restricciones;
b) el ajuste del EPP, cuando así lo requiera.
7.1.2 Reposición:
a) el reemplazo del EPP cuando genere o produzca alguna reacción alérgica al trabajador, o las acciones para minimizar este efecto;
b) el reemplazo del EPP por uno nuevo cuando la vida media útil llegue a su fin, o se detecte que sufra cualquier deterioro que ponga en peligro la salud o la vida del trabajador.

7.2 Revisión, limpieza, mantenimiento y resguardo.
7.2.1 Revisión:
a) la revisión del EPP antes, durante y después de su uso;
b) el reporte al patrón de cualquier daño o mal funcionamiento del EPP.
7.2.2 Limpieza:
a) que la limpieza y, en su caso, la descontaminación o desinfección del equipo, después de cada
jornada de uso, se realice de acuerdo con las instrucciones o recomendaciones del fabricante o
proveedor;
b) que la limpieza del EPP sea efectuada en el centro de trabajo, ya sea por el trabajador usuario o por alguna otra persona designada por el patrón.

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL vs. REGION ANATOMICA
A continuación describimos los riesgos potenciales y el EPP indicado para prevenir accidentes o enfermedades de trabajo.
Premisas Importantes:
  • Sólo son aptos para el uso, los Equipos de Protección Personal que se hallan en perfectas condiciones y pueden asegurar plenamente la función protectora prevista.
  • La selección del EPP, deberá basarse en el estudio y la evaluación de los riesgos presentes en el lugar de trabajo. Esto comprende la duración de la exposición al riesgo, su frecuencia y gravedad, las condiciones existentes en el trabajo y su entorno, el tipo de daños posibles para el trabajador y su constitución física.
  • El equipo de protección personal está diseñado para proteger diferentes partes de su cuerpo incluyendo los ojos, la cara, la cabeza, las manos, los pies y los oídos, sin embargo, sólo el uso y mantenimiento adecuado pueden garantizar que el EPP cumpla con el objetivo para el cual fue diseñado y entregado.
  • Disposición final: cuando un EPP se encuentre contaminado con sustancias químicas peligrosas o agentes biológicos y no sea posible descontaminarlo, se debe determinar si es residuo peligroso de acuerdo a lo establecido en la NOM-052-ECOL-1993. En caso de ser así, se debe proceder a su disposición final


ANALISIS DE RIESGOS PARA DETERMINAR EL EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL:

Se deben seguir una serie de pasos que permitan determinar el EPP que requiere cada trabajador para desempeñar sus actividades, con el objeto de prevenir accidentes y enfermedades de trabajo.
A.1 Puestos de trabajo. Se deben relacionar en un listado, todos los puestos de trabajo del centro de trabajo.
A.2 Actividades por puesto. Describir las actividades desarrolladas por cada puesto de trabajo.
A.3 Riesgo tipo. Identificar y relacionar los riesgos tipo presentes en cada actividad del respectivo centro de trabajo. En la Tabla A1 se presentan algunos de los riesgos tipo y su descripción.